Suspenden obligatoriedad de la vacuna para menores de 12 años en Costa Rica
Tal resolución deja sin efecto el Decreto Ejecutivo que convirtió a Costa Rica en el primer y único país del mundo en decretar una obligatoriedad de la vacuna para menores de 12 años.
Róger Murillo-periodicomaranata.com / Foto con fines ilustrativos /
Este jueves ocho de diciembre, el Tribunal de Apelaciones de la Contencioso Administrativo y Civil en forma unánime, emitió un voto que acoge la medida cautelar solicitada por el Lic. Arcelio Hernández Mussio, para suspender la obligatoriedad de la vacuna pediátrica de Pfizer a menores de 12 años.
Tal resolución deja sin efecto el Decreto Ejecutivo No. 43364 del 13 de diciembre del 2021, que durante el gobierno de Carlos Alvarado convirtió a Costa Rica en el primer y único país del mundo en decretar una obligatoriedad de la vacuna para menores de 12 años.
El recurso de apelación del Lic. Hernández representando a cientos de padres de familia preocupados por este tema, fue contra el Estado, la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología (CNVE) y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
La audiencia oral se celebró el día 18 de noviembre de este año, con la asistencia de todas las partes.
El recurso solicitó la suspensión del decreto que hizo obligatoria la vacuna Covid-19 para los niños en edad pediátrica, de la que solo existe una autorización de uso de emergencia dada por la Food and Drug Administration, (FDA) -por sus siglas en inglés- el 29 de octubre del año 2021 y que hasta la fecha no cuenta con una aprobación total.
Cabe aclarar que una “Autorización de Uso de emergencia”, es un mecanismo para facilitar la disponibilidad y el uso de contramedidas médicas, incluidas las vacunas, durante una emergencia de salud pública.
En virtud de eso, la FDA puede permitir el uso de productos médicos no aprobados, para tratar o prevenir enfermedades o afecciones graves, que pongan en peligro la vida, cuando se hayan cumplido ciertos criterios regulatorios, entre ellos que no existan alternativas adecuadas, aprobadas y disponibles.
Hay que aclarar que la FDA no ha concluido sus investigaciones sobre los efectos secundarios de estas vacunas, estudios que terminarán en noviembre del 2023.
“Nos embarga una gran alegría, este es un día histórico en Costa Rica en la defensa del mejor interés del niño. Hemos logrado esta hazaña en contra de todas las predicciones, por lo cual le damos infinitas gracias a Dios. Hay que advertir que en el uso de emergencia, los padres de familia se sientan con los médicos y deciden juntos que es lo mejor para el niño, eso es algo muy diferente a una obligatoriedad. Así es que de aquí en adelante se acaba la persecución, las amenazas y la imposición de órdenes sanitarias por grandes sumas de dinero hacia los padres de familia que se negaban a vacunar a sus hijos, con lo cual se atropelló la dignidad humana, dijo a periodicomaranata.com, el licenciado Arcelio Hernández.
Don Arcelio mencionó, que la Comisión Nacional de Emergencias debe explicar, porqué se compró tanta cantidad de vacunas, sobrepasando la realidad del país.
“Yo espero que el Poder Ejecutivo concluya la investigación que inició para conocer las verdaderas razones por la cuales esta Comisión adquirió esta gran cantidad de vacunas, algunas de las cuales ya se vencieron y les han extendido su caducidad, obligando a los padres a que inyecten a sus hijos, sin un consentimiento informado”, enfatizó Hernández.
Agregó que “en general, los niños sanos menores de 16 años sin condiciones de salud subyacentes significativas, tienen poco o ningún riesgo de complicaciones graves de la enfermedad por el Covid. Para los adolescentes de 16 a 17 años, el riesgo de miocarditis debido a las vacunas, puede ser mayor que los beneficios, expresó Hernández Mussio.
“Aparte de lo expresado en cuanto a los riesgos de la vacunación, llama la atención también que la decisión de la vacunación debe de hacerse en forma individual, con la valoración conjunta de los padres junto con los médicos, lo que va en contra de la vacunación obligatoria y masiva, que parece desprenderse de la situación actual de país. Por ello reitera el Tribunal, que ante el riesgo de la ocurrencia de un daño grave en la salud de los niños, así como en el interés público de la protección de su salud e indemnidad física, definido por nuestro ordenamiento, como el interés superior del niño, se tienen por acreditados ambos presupuestos. Consecuentemente se revoca la resolución venida en alzada, se concede la medida cautelar y se suspenden los efectos del Decreto Ejecutivo N°43364 del 13 de diciembre del 2021, únicamente en la obligatoriedad de la vacunación en la población pediátrica (hasta los doce años), mientras no exista sentencia firme”, reza literalmente la parte final del documento emitido por el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo.