OPINIÓN

Ley de extinción de dominio

Fernando Berrocal /Abogado y periodista/

 La primera vez que oí hablar de una Ley de Extinción de Dominio fue en un viaje oficial de trabajo a Colombia, hace 13 años.

A primera vista el enfoque de la ley me pareció complejo, pero lo de invertir la carga de la prueba para que sean los narcotraficantes los que tiene que demostrar el origen de sus enormes, ilegítimas y criminales fortunas, me pareció una idea nueva, formidable y democrática. Este es el meollo del tema.

Entendí e interiorice esa nueva visión, en el ámbito de la lucha contra el narcotráfico y sus mafias, como una forma contundente y efectiva de combatir y golpear a esa criminalidad organizada en donde más les duele: la acumulación de riqueza mal habida, producto de una actividad ilícita, criminal, destructiva y por la transformación de esas mafias en uno de los principales enemigos actuales del Estado de Derecho y del mismo sistema democrático. 

En ese sentido, no vi problemas de constitucionalidad, por la prevalencia de principios y valores superiores, sobre los de naturaleza subordinada y procesal.

Desde el Ministerio de Seguridad Pública, abogué firmemente por concretar esa trascendental reforma. Poco o nada, lamentablemente, se hizo en los siguientes seis años, hasta que la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, en la pasada Asamblea Legislativa, retomó la idea pero sin llegar a votar la ley, porque se banalizó el debate y faltó efectiva voluntad política real. 

Ahora, los Diputados Gustavo Viales y Jorge Fonseca (PLN), Pablo Abarca (PUSC), Eduardo Cruisckshank (RN) y Zoila Volio (PIN), están firmemente empeñados en que la Ley de Extinción de Dominio sea una realidad concreta.

Formidable que así sea. Mucho más, que sea apoyada por el Poder Ejecutivo y que, desde el ámbito de sus competencias específicas, la Fiscal General, el Director General del OIJ y el Director del ICD, estén apoyando la ley e incluso solicitando, públicamente, que la misma se extienda a los delitos de corrupción pública. Este fundamental agregado es nuevo y completa el objetivo original.

Estoy totalmente de acuerdo con esa ampliación. 

De incluirse estos delitos, sí señalo que los Diputados, aunque se trate de presuntos criminales, deben tener el cuidado técnico de no cruzar fronteras constitucionales por el principio de inocencia, tipificar correctamente y definir con toda claridad los procedimientos, el papel de los jueces y los fiscales, el contenido preciso de la acusación y el alcance de la solicitud de la extinción de dominio, así como las garantías de defensa propias de un estado de Derecho.

Esto porque corrupción pública son muchas cosas y el juego de los intereses políticos y económicos, así como las informaciones de prensa sobre los delitos de corrupción pública, pueden distorsionar en análisis jurídico y la acusación.  

Esas cosas suceden en las democracias y no solo en los regímenes autoritarios.

El hecho de fondo es que, restringida la ley a la idea original y concreta de los delitos de narcotráfico o ampliada, además, a los delitos de corrupción, Costa Rica necesita una Ley de Extinción de Dominio. Esta vez hay que lograrlo.

 

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