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Gloria Navas denunciará este lunes al presidente Alvarado

La abogada Gloria Navas, denunciará ante la fiscalía al presidente Carlos Alvarado y a todo su equipo de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD).

Según esta reconocida jurista, el mandatario atentó contra el régimen constitucional del Estado de Derecho, al violentar el artículo 1 de la Constitución Política, que contiene el principio democrático.

Tal denuncia la hará en representación del Movimiento Ciudadano CR, constituido hace dos años y cuya principal plataforma son las redes sociales.

En la propuesta de este grupo, se le solicita a la fiscal Emilia Navas, que se ordene allanamientos, registros y secuestros en la Casa Presidencial. Y que se levante la inmunidad al presidente Carlos Alvarado y a quienes lo acompañaron en el proceso de este decreto.

A continuación, el documento completo, enviado a nuestra sala de redacción por la licenciada Gloria Navas:

DENUNCIA PENAL

Señora

Licenciada doña Emilia Navas Aparicio

Fiscal General de la República

S.D.

Respetable señora Fiscal General:

 La que suscribe, Gloria Navas Montero, mayor, abogada, carné No. 1256, vecina de San José, ciudadana costarricense portadora de la cédula de identidad No. 1-0351-056, líder conjuntamente con otros ciudadanos igualmente titulares de actividad judicial como ofendidos y víctimas del Movimiento CiudadanoCR (ver página en FACEBOOK), venimos a denunciar hechos gravísimos y nefastos cuya investigación debe iniciarse de inmediato con el allanamiento, registro y secuestro de documentación en la Casa Presidencial.  Muchos ciudadanos nos acompañarán en estas diligencias cuyas listas con cédulas de identidad aportaremos.

Las delincuencias a señalar se relacionan con hechos deleznables que atentan contra el régimen constitucional del Estado de Derecho del país, contenido en el bloque del ordenamiento jurídico tanto constitucional y ordinario como de naturaleza penal.  Los denunciados son funcionarios públicos, juramentados todos de conformidad con el numeral 194 de la Constitucional Política, obligados a “observar y defender la Constitución y las leyes de la República . . .” La gestión, señora Fiscal, no es politiquería, sino defensa al régimen institucional irrespetado.  El hecho lo es de lesa patria: los ofendidos y las víctimas somos cada costarricense individualmente considerado como toda la comunidad nacional.  Hay irrespeto al artículo 1) de la Constitución Política el que contiene el principio democrático.  Empero, además de la jurisdicción constitucional competente (Poder Judicial) y el control político (Asamblea Legislativa), el ordenamiento jurídico costarricense en material criminal contempla delincuencias atinentes las que se encasillarán en forma específica una vez realizados los allanamientos, registros y secuestros y contar con el bagaje probatorio que se solicita.  Nos apersonaremos querellantes oportunamente.

Se llamará igualmente a la Procuraduría General de la República y a la Defensoría de los Habitantes para que intervengan en la defensa ciudadana de estos hechos.

En cuanto al Presidente y los ministros se solicitará el levantamiento a la inmunidad.

Actuamos de conformidad con los numerales 1, 4, 5, 16 (párrafo segundo), 70, 71 y siguientes, 274 y siguientes, 278, 279, y 280, 283 y siguientes, todos del Código Procesal Penal, 339, 357 y otros del Código Penal. 

Desde ahora señalamos para notificaciones, el correo electrónico: Despertemoscr@gmail.com.  En subsidio el asistente@navaslaw.com

 

LOS DENUNCIADOS:
 
  1. El Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada.
  2. El Ministro de la Presidencia, Víctor Morales.
  3. El Ministro, a.i. de Mideplan, Daniel Soto
  4. El equipo que trabajó en este decreto, entre ellos Alejandro Madrigal Rivas a quien las redes han identificado.
HECHOS PRINCIPALES

 

  1. El Poder Ejecutivo promulgó un decreto ejecutivo, El No. 41996-MP-MIDEPLAN, suscrito por la plana mayor del Poder Ejecutivo: el Presidente Alvarado, el Ministro Morales de la Presidencia y el Ministro, a i. de Planificación Nacional y Política Económica, Luis Daniel Soto, el que mantuvo oculto a la ciudadanía costarricense y creó una entidad que en suma bien podría dedicarse a “espiar” los ciudadanos, tal y como lo consignó el politólogo don Claudio Alpízar Otoya el día sábado anterior en su página de Facebook, titulado, “Presidente Alvarado debe ser llamado a comparecer y dar profundas explicaciones.”  Se adjunta el texto y el link.  Se adjunta el decreto. 

 

  1. Se indica en el texto del decreto que lo hacen de acuerdo a las facultades de los artículos, 11, 31, 140 y 146 de la Constitución Política y normativa de la Ley General de la Administración Pública. Incluyó disposiciones legales utilizadas bajo apariencia de legalidad, contrarias en su uso al principio democrático.  Ello constituye quebranto a la normativa de los artículos 11 y 24 de la Constitución Política e irrespeto al régimen de libertades catalogado incluso como sistema de derechos humanos.  Es contra legem lo promulgado abusando del poder otorgado por la misma Constitución al Poder Ejecutivo. Se ha desviado el poder y se ha quebrantado no solo el orden constitucional sino que existen conductas penalizadas a nivel criminal. 

 

  1. El Decreto fue publicado en el Alcance a la Gaceta No. 24 de la Gaceta No. 31, del 17 de febrero de 2020. Lo nefasto del contenido constituyó alerta pública.

 

  1. El Poder Ejecutivo se atribuyó facultades que no están autorizadas y aunque el Decreto fue derogado ante el espanto público, no hay tal borrón y cuenta nueva por cuanto el hecho deleznable toca las fibras del sistema democrático costarricense. Denota una política oculta pero evidente a la vez al pretender limitar las libertades públicas.  Incluso, hay sujetos detrás de todo esto lo que debe ser objeto de investigación inmediata por el Ministerio Público.

 

  1. El artículo 1 del Decreto define el objeto: “. . .la creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), adscrita a la Presidencia de la República, y reglamentar su organización y funcionamiento.”  La pretensión gravísima es la creación de ese órgano que dependerá, vía decreto, del poder supuestamente omnímodo del Presidente y su camarilla.   Incluso, según el artículo segundo se constituiría en órgano asesor del Presidente de la República.  Así se consolidan las tiranías y la derogatoria de los poderes públicos. 

 

  1. La naturaleza jurídica incluida en el artículo 3) presupone un órgano permanente instalado en la Casa Presidencial, dependiente del Presidente al que sería dotado de recursos tecnológicos y humanos necesarios para su funcionamiento. En tiempos de crisis se consuma el espionaje informativo a la ciudadanía.  

 

  1. En el artículo 6.1, el UPAD generaría proyectos de análisis de datos para la toma de decisiones del Presidente.

 

  1. El artículo 7 es el suicidio de nuestra democracia y del ejercicio de las libertades ciudadanas: todas las instituciones de la Administración Central y Descentralizada se les obligaba a permitir el acceso a la información, salvo lo que es secreto de Estado.   También se obligaba a “FACILITAR ACCESO A LA UPAD A INFORMACION CONFIDENCIAL CON LA QUE CUENTAN LAS INSTITUCIONES PUBLICAS CUANDO ASI SE REQUIERA. . .”  (el subrayado no es del original).  El quebranto a la normativa del artículo 24 de la Constitución Política es más que evidente.  Empero, lo más serio y delictivo es el acceso a toda información libre  -tipo Gestapo-, de los ciudadanos.  Se acabó con el Hábeas Data, con la confidencialidad de las comunicaciones, etc., etc., incluyendo todo lo que ha solicitado este Gobierno respecto de sociedades, etc. etc. Todos podríamos ser investigados y hurgados al antojo del Poder Ejecutivo y esa Unidad nefasta.

 

  1. La Defensora de los Habitantes ya anunció el inicio inmediato de la investigación. Aportamos la información pertinente.

 

FUNDAMENTACION

El decreto No. 41996-MP-MIDEPLAN, fue suscrito por la plana mayor del Poder Ejecutivo: el Presidente Alvarado, el Ministro Morales de la Presidencia y el Ministro, a i. de Planificación Nacional y Política Económica, Luis Daniel Soto. Ellos lo estudiaron, lo discutieron, lo leyeron, lo firmaron, ordenaron su publicación y consumaron un hecho histórico deleznable, peligroso y violatorio de nuestro marco constitucional contenido en esencia en los artículos 11 y 24 de la Constitución Política.  Se arrogaron poderes a sabiendas de que no les correspondían contrarios al “principio democrático” del artículo 1 en el que se asienta nuestro sistema republicano y el carácter superior del Estado Constitucional de Derecho.  Irrespetaron groseramente el principio esencial de nuestra institucionalidad y el régimen de libertades que integran una sociedad garantista de derechos humanos.  Es un hecho consumado.  Esos funcionarios públicos y los que han estado detrás del trono no solo han violentado el juramento constitucional, sino que han atentado contra el régimen de libertades y garantías imperante en la nación. Los ofendidos/víctimas somos todos los ciudadanos habitantes de este noble y sufrido terruño.  El delito es de lesa patria, reiteramos.   Refleja una política peligrosísima que debe no sólo ser investigada, denunciada, sancionada,  sino además erradicada.

 El pueblo costarricense ha sido notificado en pleno.  No se trata de una inocente actividad de “hacer ciencia de datos” como ha declarado el presidente.  Ni la derogatoria del decreto significa que no se haya asestado un golpe letal a nuestra democracia.  A confesión de parte relevo de prueba dice el principio del derecho.  El hecho consumado de peligro cierto, no abstracto, debe ser investigado hasta sus raíces y sancionado.  Amerita no solo el control político, sino el control directo del ciudadano.  La Sala Constitucional, el Ministerio Público, la Defensoría de los Habitantes y todo el bloque de legalidad y de constitucionalidad vigente, incluyendo el del referéndum, así como reformas constitucionales tendientes a establecer el proceso de destitución (impeachment) en Costa Rica y la acción popular garantista de la vigilancia e intervención ciudadanas, deben ser movilizados de inmediato. Hemos sido notificados públicamente de una política nefasta planificada lesiva del orden constitucional.  Esto es delincuencia del mayor alto rango.

Las siguientes disposiciones de cita constituyen el parámetro inicial de investigación porque el golpe de estado simulado ha sido consumado con armas legales sometidas a la apariencia para su desarticulación.  Esta es normativa constitucional:

ARTÍCULO 11.-Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública . . .

ARTÍCULO 24.- Se garantiza el derecho a la intimidad, a la libertad y al secreto de las comunicaciones.

 Son inviolables los documentos privados y las comunicaciones escritas, orales o de cualquier otro tipo de los habitantes de la República. Sin embargo, la ley, cuya aprobación y reforma requerirá los votos de dos tercios de los Diputados de la Asamblea Legislativa, fijará en qué casos podrán los Tribunales de Justicia ordenar el secuestro, registro o examen de los documentos privados, cuando sea absolutamente indispensable para esclarecer asuntos sometidos a su conocimiento.

ARTICULO 194.-El juramento que deben prestar los funcionarios públicos, según lo dispuesto en el artículo 11 de esta Constitución, es el siguiente:

«¿ Juráis a Dios y Prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y cumplir  fielmente los deberes de vuestro destino ?-Sí, juro.-Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, El y la Patria os lo demanden.»

Estamos frente a la pretensión de someternos a un estado policial sumamente peligroso en el que no es aceptable ningún riesgo adicional.  Esto debe detenerse.  No se vale mantenernos tranquilos tragando grueso y lamentándonos día con día sobre la tragedia que vivimos preguntándonos unos a otros, ¿hacia donde vamos? Nuestras libertades están en peligro.  No bastará con quejarnos. Es necesario actuar.  Así lo pedimos al órgano especializado del Poder Judicial. 

PRETENSIÓN:  Pedimos actuar enérgicamente porque el alimento de la tiranía es la desidia ciudadana y el debilitamiento de las instituciones defensivas del régimen de sanción del Estado.

San José, 23 de febrero de 2020

Licda. Gloria Navas, abogada

 Carné 1256.

 

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