FAEC interpreta que no se debe usar las palabras “Dios” y “conciencia”, de acuerdo a resolución del TSE
Redacción: Róger Murillo / Foto: Adina Hernández/periodicomaranata.com/
La Federación Alianza Evangélica Costarricense (FAEC) por medio de su presidente el Dr. Jorge Gómez y su asesor legal el Lic. Juan Carlos Retana, declararon en conferencia de prensa, que el pronunciamiento del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) atenta en este caso contra la libertad de expresión, al tiempo que es una interpretación subjetiva del artículo 136 del Código Electoral.
El 18 de enero de este año, la Federación Alianza Evangélica Costarricense y la Conferencia Episcopal de Costa Rica, firmaron un “Manifiesto conjunto”, el cual en su último punto dice “Hacemos un llamado a todos los cristianos y a todos los ciudadanos a participar en las elecciones del 4 de febrero, meditando delante de Dios y de sus conciencias su voto para los cargos de presidente y vicepresidentes y para diputados, conscientes de que es un deber para todo ciudadano costarricense el elegir a quienes detentarán puestos de responsabilidad política…”
De acuerdo a la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones emitida el seis de marzo, la frase por la cual se le sentencia a las dos Iglesias es “meditando delante de Dios y de sus conciencias”. De lo que podría interpretarse que por lo menos antes de las próximas elecciones, estas dos frases –Dios y conciencia– son neurálgicas de pronunciar desde cualquier tribuna o púlpito.
Reproducimos parte de la interpretación que hace el TSE sobre esta frase. (Aclaramos que el subrayado es del Tribunal).
“En el caso de un ciudadano que a la vez es creyente, aún cuando esté solo en el recinto secreto, una orientación como la señalada -confrontada con su propia conciencia- podría afectar su autodeterminación al momento de ejercer el sufragio lo que, en materia electoral, resulta inaceptable. Es un hecho público y notorio que, para los fieles cristianos, Dios es omnipresente y omnisciente; por ello, la conciencia les indica que deben actuar de acuerdo a las enseñanzas y mandatos de la fe.
Por ende, dada la posición que ocupan la Conferencia Episcopal y la Federación Evangélica, la condición de los receptores y el contexto en el que se emite, se entiende que el contenido del mensaje sobrepasa las facultades que le otorga el derecho a la “libertad de culto” y constituye una amenaza cierta, real, efectiva e inminente a la libertad del sufragio (de manera refleja) en su dimensión activa para aquellos electores (independientemente de su número) que -aún profesando la fe evangélica o la católica- tienen derecho a emitir el voto en condiciones de libertad y secretividad, en un contexto de pluralismo político y en su dimensión pasiva en relación con aquellos candidatos disidentes que, por su ideología, no resultan conformes con las creencias citadas.
Todo ello provoca una afectación del sistema de valores político electorales que el constituyente quiso tutelar y la infracción de una norma prohibitiva del mayor nivel, lo que exige estimar el recurso formulado y ordenar a la Conferencia Episcopal de Costa Rica y a la Federación Alianza Evangélica Costarricense que -en lo sucesivo- se abstengan de acciones como la analizada”.
Posición de la FAEC
Según el doctor Gómez Varela, la resolución del TSE es una interpretación arbitraria, subjetiva, con matices teológicos y más allá, de lo que la ley le permite y establece respecto a lo que el manifiesto pretendía transmitir.
“Para los señores magistrados al hablar nosotros de Dios, ejercemos influencia en los ciudadanos de tal manera que cuando la persona va a votar, recordará lo que le hemos dicho. O sea, ellos hacen una interpretación teológica de la frase y según eso, las personas no deben de tener en cuenta sus valores cristianos al votar, de manera que deben dejar a Dios fuera del recinto electoral. Es decir, el carnicero si puede pensar en el candidato que más le conviene porque le mejorará los precios de las carnes, el panadero meditará en aquel que le ofreció buenas opciones en los costos de la harina, el agricultor en el que le ayudaría en los insumos, pero nosotros no podemos pensar en Dios a la hora de votar”, expresó don Jorge Gómez.
El presidente de la FAEC aclaró, que el TSE le está dando a ambas iglesias más poder del que realmente tienen, por cuanto según el Tribunal, el 77.59 % de la población que es cristiana (ambas religiones) podría verse influenciada por el mensaje de las dos organizaciones.
“Nosotros no estamos haciendo proselitismo, hemos trabajado unidos para asuntos espirituales desde hace muchos años, no solo para esta ocasión como se ha querido interpretar. Si realmente hubiéramos hecho proselitismo a favor de uno u otro candidato, en estos momentos no tendríamos segunda ronda, por cuanto según el mismo TSE, podemos afectar a más del 70% de la población. Entonces ya hubiéramos decidido las elecciones”, acotó don Jorge.
Los magistrados están creando derecho
Para el asesor legal de la FAEC, Lic. Juan Carlos Retana los magistrados del TSE en lugar de velar por la normativa electoral, están creando derecho, una atribución que solo le confiere a la Asamblea Legislativa.
Don Juan Carlos hizo alusión a lo que textualmente reza el artículo 136 del Código Electoral: “Es prohibida toda forma de propaganda en la cual, valiéndose de las creencias religiosas del pueblo o invocando motivos de religión, se incite a la ciudadanía, en general, o a los ciudadanos, en particular, a que se adhieran o se separen de partidos o candidaturas determinadas”.
Según este abogado, pareciera que para el TSE Dios y política no pueden estar juntos. “Nos están pidiendo que dejemos a Dios fuera del recinto del sufragio, esto va a ser imposible, porque ¿cómo lo sacamos de nuestro corazón?”, aseveró Retana.
“Si creo a título personal que este artículo debe ser reformado, no porque estemos en contra de su contenido que debe quedar como está, sino más bien porque se le debe poner límites a su interpretación, para que los que están interpretando su contenido se acojan a lo que dice la norma, de manera que no se viole la certeza jurídica. Así entonces sabremos qué hacer y cuándo hacerlo, porque ahora nos ocurre esto a 17 días antes de las elecciones, ¿si lo hubiéramos hecho meses antes hubiese pasado lo mismo?”, dijo el asesor legal de la FAEC.
Don Juan Carlos recordó que el TSE analizó una sola actividad que es transitoria ( Jornada de oración), pero que el compañerismo entre ambos grupos se da durante todo el año y no es con fines políticos.
“Esto es un tema de valores, de forma de vida, lo cual defendemos, no es algo proselitista como ellos lo quieren ver”, recalcó el abogado.