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Costa Rica no debe salirse de la Corte IDH según especialistas en derecho internacional

Redacción: Róger Murillo/Fotos: Adina Hernández /periodicomaranata.com/

El pasado viernes 16 de febrero en el edificio Omega, se  efectuó el Foro de Derechos Humanos y familia, organizado por Enfoque a la Familia , cuyo tema principal fue la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos realizada por el gobierno de Costa Rica.

Tal conversatorio contó con la participación del Lic. Jonatán Picado como moderador y los panelistas fueron; el expresidente Miguel Ángel Rodríguez Echeverría, quien cuenta con un doctorado en derecho de la Universidad de Berkley, José Rafael Hernández Quesada, egresado en derecho de la Universidad Autónoma de Centroamérica, con un posgrado de la Universidad de Costa Rica en derecho internacional y Manrique Jiménez Meza, doctor en derecho administrativo de la Universidad Complutense de Madrid,  quien además tiene un posgrado en derecho constitucional y ciencias políticas, otorgado por el Centro de Estudios Constitucionales del senado español.

Uno de los aspectos en que coincidieron los tres panelistas fue en que Costa Rica no debe salirse de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en virtud de que tal acción “sería un suicidio”, como lo calificó don Manrique Jiménez.

“Si Costa Rica se sale de la Corte es sencillamente el acabose del estado de derecho, somos un país pequeño, sin ejército, es perder la estructura social de derecho. Nos quedamos además sin la credibilidad de nuestra democracia. Fue algo que ya hizo Trinidad y Tobago, pero luego tuvo que regresarse”, afirmó este experto en derecho comparado.

Una opinión similar presentó don Miguel Ángel Rodríguez quien dijo que una decisión como esta trae hasta repercusiones económicas, afectación al turismo y al comercio extranjero, al tiempo que sería una muestra de debilidad ante la comunidad internacional.

“Somos un país desarmado, nuestra sobrevivencia depende del derecho internacional, ya lo vivimos hace poco con una Corte que le ordena al país vecino retirar sus militares de nuestro territorio y tuvo que hacerlo. Sin una protección de esa magnitud quedamos indefensos. Como Estado necesitamos del sistema interamericano, en materia de derechos humanos”, argumentó el expresidente Rodríguez.

Parte de la asistencia al Foro de Derechos Humanos y Familia.

¿Qué debe hacer Costa Rica?

Para José Rafael Hernández la posición de la Convención Interamericana de Derechos Humanos es clara en que no se puede hacer discriminación, lo cual fue aceptado hace muchos años por nuestro país.

“El Estado debe de adaptar su legislación, pero debemos de hacerlo a la tica, de acuerdo a lo que diga la Asamblea Legislativa y lo que opine el pueblo, pero hay que hacerlo sin dilatar. Esto es muy diferente a aceptar la opinión consultiva como algo arrajatabla”, expresó este profesor universitario de derecho.

El doctor Manrique Jiménez dijo sobre este mismo tema, que la opinión consultiva es un aviso preventivo para ir reformando el ordenamiento jurídico conforme a los criterios y parámetros establecidos.

“No podemos cerrar los ojos y decir sencillamente eso no es vinculante. La realidad es que tenemos un botón en rojo. Pronto vendrán contenciosos y eventualmente sentencias condenatorias, lo que tenemos que hacer es adelantarnos a eso haciendo cambios en la legislación, reconociendo los derechos de las personas del mismo sexo, sin necesidad de tocar la figura del matrimonio. Comenzar a hacer giros paulatinamente nos da protección y credibilidad en el tema derechos humanos a nivel internacional”, argumentó don Manrique.

Por su parte don Miguel Ángel Rodríguez opinó que  él está en contra de cualquier forma de discriminación y que el tema ha despertado muchas pasiones, por lo cual es necesario discutirlo con tranquilidad, con toda la tolerancia posible.

“Ante la opinión consultiva se pueden tomar varias actitudes, una es  ir de una vez al Registro a solicitar un matrimonio homosexual, como se quiso interpretar, lo cual era un error de desconocimiento. Otra posición es salirnos de la Corte, lo que jamás debe hacerse y la tercera alternativa es hacer regulaciones despacio, pero que se vayan aplicando. Incluso yo iría más allá, eliminar el matrimonio del campo jurídico y dejarlo únicamente en el religioso. Así las relaciones de una persona con otra, se llamarían uniones civiles y el concepto matrimonio lo dejamos para nuestra vida religiosa”, aseveró el exmandatario.

Opinión consultiva y sentencia

Otro tema que se ventiló durante este conversatorio de estos profesionales en derecho, fue la diferencia entre dos grandes esferas, la opinión consultiva y la sentencia.

“Lo que hace Costa Rica es acudir a una opinión consultiva y la Corte corresponde dando una guía, una sugerencia, lo cual no es vinculante. Hay que aclarar que en un proceso hay dos partes, en una consulta,  una sola parte, en un proceso hay un juicio, producto de una demanda y posteriormente un fallo conocido como sentencia, en una consulta no hay sentencia”, afirmó don Manrique Jiménez.

 Expresó también,  que en una sentencia se puede reabrir el caso, en una opinión no. En una sentencia el mismo Estado -en algunas ocasiones- tiene procesos internos para ejecutarla, como el caso de Costa Rica, que cuenta con la jurisdicción de lo contencioso administrativo para pelear contra el Estado en caso que no cumpla. La opinión consultiva no cuenta con ese debido proceso.

Sixto Porras, felicitó a los panelistas por el alto nivel de exposición.

¿Qué busca una opinión consultiva?

Para don José Rafael Hernández, la opinión consultiva está creada de manera que la Corte le diga al Estado “mire su legislación está fallando en este punto de la Convención de los Derechos Humanos, el objetivo es advertir. No puede forzar como se ha querido entender, no puede presionar a un Estado a hacer modificaciones”.

Este abogado agregó que ante una opinión consultiva, si un Estado no hace cambios dentro de su jurisdicción interna, puede verse enfrentado  a una eventual  demanda de un ciudadano, lo cual en este caso ya eso puede convertirse en una sentencia.

“Tampoco la sentencia obliga  a un país a hacer modificaciones. Hay que aclarar, que ni en una consulta, ni en la sentencia, la Corte actúa como un tercer Tribunal supranacional que obliga a un Estado a cambiar un artículo de un Código de Familia, por ejemplo.   Sencillamente le dice al Estado que  está en riesgo y que asumirá consecuencias ”, explicó este especialista.

La Corte se extralimitó

Otro elemento en que coincidieron los tres panelistas es en el hecho de que la Corte, se extralimitó en su resolución.

 “La interpretación de la Corte es viva, progresista, evolutiva y de ventanas abiertas. La pregunta aquí es si su deseo es interpretar la ley o crearla, porque una cosa es la creación jurídica y otra la interpretación jurídica, por eso yo digo que a la Corte se le fue la mano”, afirmó don Manrique.

Al respecto don José Rafael opinó  “la Corte observa que en ocasiones, la oposición del matrimonio a personas del mismo sexo, está basada en condiciones religiosas o filosóficas y que tales convicciones no pueden condicionar lo que la convención establece como discriminación basada en la orientación sexual, de lo cual se interpreta según la Corte, que cualquier persona que tenga creencias religiosas prácticamente debe guardar silencio sobre este tema. Creo que se extralimitó”.

Para don Miguel Ángel a la Corte se le consultó sobre protección de bienes patrimoniales a las personas del mismo sexo y contestó más allá de lo que se le preguntó, direccionando todo en función del matrimonio homosexual.

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