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España: Congreso aprueba la Ley de eutanasia

Protestante Digital /

El hemiciclo aprueba la norma con una mayoría de 198 votos y con protestas en el exterior. España se convierte en el cuarto país europeo y el sexto del mundo en regular esta práctica.

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la primera ley de eutanasia en España. La norma, impulsada por el PSOE, ha conseguido 198 votos a favor, mientras que 138 diputados han votado en contra y 2 se han abstenido.

De esta manera, el Estado español se convierte en el cuarto país europeo y el sexto de todo el mundo en regular esta práctica, después de Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Nueva Zelanda. 

La ley, que todavía tiene que ser aprobada por el Senado, aunque se prevé que así será, podría entrar en vigor en los primeros meses del próximo año 2021.

En paralelo a la votación en el hemiciclo, decenas de personas se han concentrado a las puertas del edificio del Congreso para protestar por la medida con una campaña en la que se podía leer: “Gobierno de muerte”.

La norma es aprobada tras varios intentos en los que la Cámara Baja votó en contra.

El bloque del gobierno, POSE y Unidas Podemos, juntamente con los diputados de ERC, Ciudadanos, Junts per Catalunya, PNV, BNG, EH Bildu, Más País y CUP, han votado a favor de la norma. Los grupos de PP, Vox y UPN lo han hecho en contra.

En el caso de los segundos, han anunciado que presentarán un recurso de inconstitucionalidad contra la ley en el Tribunal Constitucional. 

Un debate de choques

Defendiendo la norma presentada por el gobierno, la diputada del PSOE, María Luisa Carcedo, ha afirmado que la ley es “absolutamente garantista” y que es “el paciente el que decide en una situación de sufrimiento extremo”.

Algo a lo que el diputado popular José Ignacio Echániz ha respondido señalando que “sin un acceso universal a los cuidados paliativos no hay posibilidad de elección, ni libertad porque lo único que se ofrece a los pacientes es la eutanasia”. “El nivel de civilización y madurez de un país se mide por cómo trata a los más vulnerables”, ha añadido Echániz.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha calificado la ley de “respuesta a una demanda muy transversal de la sociedad española” y ha reiterado que cuando la norma sea aprobada por el Senado se incluirá la eutanasia como una “prestación” del Sistema Nacional de Salud.

Respuesta al Comité de Bioética

Preguntada por el informe que publicó en octubre el Comité de Bioética de España, Carcedo ha confirmado ante la cámara el rechazo del ejecutivo a las recomendaciones del órgano asesor. “Claro que nos hemos leído el informe del Comité de Bioética pero da la impresión que ellos no se han leído la ley”, ha asegurado la diputada.

En su informe, presentado posteriormente a la presentación de la ley, el Comité de Bioética advirtió que “existen sólidas razones sanitarias, éticas, legales, económicas y sociales para rechazar la transformación de la eutanasia en un derecho subjetivo y una prestación pública”.

Previamente al informe del Comité de Bioética, la Alianza Evangélica Española ya publicó un comunicado donde pedía que se adoptase un modelo de cuidado de los pacientes en situación terminal que combinase el acceso a los cuidado paliativos pero también un acompañamiento familiar y económico en cada caso.

“La cantidad de pacientes que se plantean la eutanasia disminuye muy drásticamente si se les facilita alivio del dolor y acompañamiento humano y se les ofrecen recursos para combatir la desesperanza”, aseguraba la entidad. Y hablando del impacto de la aprobación de la ley sobre el conjunto de la sociedad añadía que “es peligroso crear una opinión social de que los enfermos en situación terminal son una carga”.

Lo que permite la Ley de eutanasia

La norma prevé que puedan hacer uso de ella todas las personas que sufran una enfermedad “terminal o incurable causante de un sufrimiento físico y psíquico intolerables”, aunque no específica el criterio para determinar qué es “intolerable”.

Esas personas tendrán que ser mayores de edad y tener la nacionalidad española, un permiso de residencia legal o un certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en el territorio español de más de doce meses.

Al ser incluida como “prestación” en el Sistema Nacional de Salud, la eutanasia también podrá practicarse en los centros privados y en el ámbito del domicilio.

 Las personas tienen que presentar antes dos solicitudes por escrito, que deberán ser aprobadas por el médico responsable de su caso y un médico consultor, para que la eutanasia se pueda aplicar en un tiempo máximo de 32 días, según lo que prevé la ley.

En el caso de que el paciente “no se encuentre en pleno uso de sus facultades”, el médico podrá presentar la solicitud a través del “testamento vital o de un documento equivalente legalmente”.

El texto también recoge la posibilidad de revertir la solicitud en cualquier momento que el paciente lo desee, así como la objeción de conciencia de los profesionales de la salud que rechacen esta práctica. Aunque tendrán que formularlo antes por escrito y se creará una “Registro de profesionales sanitarios objetores”.

 

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